DERECHOS LABORALES DE
LAS MADRES TRABAJADORAS

Con motivo del Día de las Madres, hacemos de su conocimiento que la Ley Federal del Trabajo contempla diversos derechos para las madres trabajadoras, siendo éstos los siguientes:

  • En caso de encontrarse en periodo de embarazo, no se realizarán trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación.
 
  • Disfrutarán de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto, recibiendo durante este periodo su salario íntegro.
 
  • En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, previa presentación del certificado médico correspondiente.
 
  • De igual manera, en caso de adopción de un infante, se disfrutará de seis semanas con goce de sueldo posteriores al día en que se reciba al infante.
 
  • En el período de lactancia hasta por el término máximo de seis meses, tendrán dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado.
 

Las madres trabajadoras podrán regresar al puesto que desempeñaban antes del embarazo, siempre que no haya transcurrido más de un año de la fecha del parto, y se deberá computar en su antigüedad los períodos pre y postnatales; siendo además consideradas como trabajadoras en servicio activo para el pago de utilidades.

En ILC Abogados honramos y agradecemos el
esfuerzo de todas las madres trabajadoras.
¡Feliz día de la Madre!

Atentamente,

ILC Integral Labor Consulting, S.C.