DÉCIMO CUARTO,
MECANISMO LABORAL DE RESPUESTA RÁPIDA (TMEC)

El Representante Comercial de Estados Unidos, recientemente anunció que dentro del marco del Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá, su país ha solicitado a México mediante un Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MRR), que revise si a los trabajadores de la empresa Teklas Automotive en Aguascalientes, se les está negando el derecho a la libertad de asociación y negociación colectiva.

La petición del MRR fue presentada por La Liga Sindical Obrera Mexicana (LSOM), un sindicato mexicano independiente, y la Red Internacional de Abogados Atendiendo a Trabajadores (Red ILAW), derivándose de amenazas y despidos que supuestamente Teklas Automotive realizó en perjuicio de sus trabajadores, por participar en actividades de organización sindical.

Es importante recordar que como resultado del MRR, las empresas pueden ser sancionadas de la siguiente forma:

  • Suspensión del tratamiento arancelario preferencial para bienes fabricados en las instalaciones de la empresa o la imposición de sanciones a bienes fabricados o servicios proporcionados por la empresa.
  • Suspensión del trato arancelario preferencial para dichos bienes.
  • Imposición de sanciones sobre dichos bienes o servicios.
  • Denegación de entrada de dichas mercancías a USA o Canadá.

 

Derivado de lo anterior, les sugerimos que si tienen algún tipo de relación comercial con Teklas Automotive, estén atentos a información que se genere respecto del MRR, recomendándoles también que si en el desarrollo ordinario de sus operaciones se les presentara alguna situación que pueda suponer la negación del derecho de libre asociación y negociación colectiva de sus trabajadores, nos lo hagan saber para asesorarlos como corresponda, a fin de cumplir con sus obligaciones patronales y evitar sanciones establecidas en el T-MEC y en cualquier otro ordenamiento legal aplicable.

Atentamente,

ILC Integral Labor Consulting, S.C.